Sonia Díaz aborda el valor de referencia y las novedades fiscales 2023
La comisión de
Fiscal del COEV organizó un desayuno de trabajo titulado "El valor de
referencia y las novedades fiscales 2023" con Sonia Díaz Español, Directora
General de la Agencia Tributaria Valenciana (ATV).
Sonia Díaz empezó su parlamento explicando que la comprobación de valores es un procedimiento administrativo tributario que ser refiere a la forma de determinar una base imponible que hace referencia a un valor real.
La Directora General de la ATV indicó que el valor real es un concepto jurídico indeterminado que depende no sólo de las partes implicadas sino también del momento en el que se produce.
Era el concepto que se utilizaba antes de que la ley antifraude introdujera el valor de referencia, "pero no podemos olvidar que sigue existiendo la comprobación de valores, porque aún hay numerosos inmuebles rústicos y urbanos que no tienen valor de referencia y que por tanto hay que comprobarlo", señaló.
En este sentido, afirmó que se trata de un "procedimiento auxiliar, que no es impugnable de manera autónoma y supone una confrontación sobre la valoración de los bienes incluidos en una declaración o autoliquidación".
De hecho, afirmó que "es discrecional de la Administración tanto la adecuación del medio al objeto de la comprobación, como la limitación cuando el obligado tributario hubiera utilizado en su declaración los valores publicados por la Administración" y que el único método aceptable para la comprobación de valores es el dictamen de un perito.
Estas comprobaciones no han estado exentas de complejidad y de dificultades a lo largo de los años. De hecho, incluso se han producido sentencias en contra. Es por ello que se optó por publicar cada año los coeficientes porque "entendíamos era un valor cercano al valor real" pero "poco a poco se empezó a titubear y a decir que esas ordenes de coeficiente no estaban ajustadas a derecho, y se dictaminó que no se podía utilizar", de manera que el único método permitido es el peritaje.
Novedades fiscales 2022 y 2023
Sonia Díaz Español explicó que "debido al momento de inflación que estamos viviendo, por parte del Consell se ha considerado conveniente publicar el Decreto 14/2022, de 24 de octubre, por el que se modifica la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la cual se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas y restantes tributos cedido, para adecuar el gravamen del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de otras figuras tributarias al impacto de inflación".
De este modo se produce un cambio de la tarifa autonómica de renta, concretamente, un aumento de los mínimos personales y familiares en el 10% y el aumento de el 10% del importe de las deducciones autonómicas de importe fijo.
La Directora General explico que estas innovaciones tienen su razón de ser en el informe de la comisión de expertos para la reforma tributaria, donde recomendaban respecto a la tarifa autonómica del IRPF, la amplitud de los tramos similar o creciente con la renta, establecer los tipos marginales que aumenten de forma lineal o decrecientes al aumentar la base liquidable y la reducción del tipo marginal del primer tramo del 10% al 9% porque "éramos la comunidad que lo teníamos más alto".
Además, con el objetivo de corregir los efectos de la inflación se estableció el aumento de los mínimos personales y familiares, el incremento de todas las deducciones autonómicas de importe fijo y de los importes límites y la actualización de los límites de renta para poder aplicarse las deducciones autonómicas.
También se recoger el incremento de los intereses de las hipotecas en limite de 100 euros para ayudar a hacer frente al aumento de los intereses derivados de los prestamos para la adquisición de vivienda habitual. Los contribuyentes se podrán deducir el 50% de la diferencia entre los intereses abonados durante el año 2022 y los abonados del año anterior con el limite de 10 euros.
Además, se contempla una deducción de 100 euros en los tratamientos de fertilidad no cubiertos por la sanidad pública para mujeres con una edad entre 40 y 45 años y realizados en clínicas y centros autorizados.
Permite que 962.000 contribuyentes tengan una cuota de 0 euros y la reforma será neutra para las rentas de más de 60.000 euros. Bajará la factura fiscal de las rentas medias y trabajadores en 149 millones de euros.
Las rentas de hasta 30.000 euros absorberán la mayor parte de la rebaja (101 Millones de euros). Mejorará de la distribución de los recursos públicos, mejora de la progresividad: 5,5%
Asimismo, se adecuarán
los limites de renta para los incentivos fiscales regulados en los
números 2 y 5 del apartado cuatro del artículo 13 de la Ley 23/1997. Esto se
concreta en la adquisición de viviendas habituales de una familia numerosa o
monoparental, siempre que la suma de las bases liquidables no exceda de los
límites establecidos en el apartado cuatro de La Ley 13/1997 en función de la
calificación de familia numerosa y del régimen de declaración del empleado; y
en la adquisición de vivienda habitual para mujeres víctimas de violencia de
género, para contribuyentes con suma de bases liquidables que no exceda de los
30.000 euros en caso de tributar de manera individual, o 47.000 de manera
conjunta.