Se establece definitivamente que el plazo de presentación del modelo 347 es el mes de febrero

05 noviembre 2018 Artículos
Según informa el REAF

Con la publicación el pasado 31 de octubre, de la Orden HAC/1148/2018, de 18 de octubre, por la que se modifica la Orden EHA/3434/2007, la Orden EHA/3012/2008, la Orden EHA/3786/2008, la Orden EHA/3111/2009 y la Orden HAP/2194/2013, el REAF puede confirmar que se establece definitivamente que el plazo de presentación del modelo 347, es el mes de febrero de cada año en relación con las operaciones realizadas durante al año natural anterior.

Esta norma también aprueba modificaciones en otros modelos, como el 303 y el 322 -sustituyendo la casilla de volumen de operaciones, a cumplimentar por los sujetos pasivos exonerados de presentar el 390, por otras dos, y modificar la casilla 79 para incluir el importe de las entregas no habituales de oro de inversión-. Asimismo, en el modelo 390 se eliminan los tipos no vigentes del IVA deducible para incluir sólo las cuotas deducibles por sentencias firmes con tipos no vigentes.