Propuesta de enmiendas del Consejo General de Economistas al Proyecto de Ley de Reforma Concursal

05 julio 2022 Artículos
Presentadas por el CGE a través del REFOR

Desde el Consejo General de Economistas han venido realizando un permanente seguimiento de la reforma concursal. Así ha sido desde los primeros borradores de la norma, y se ha actuado mediante tres tipos de acciones. Por un lado, trasladando a los medios de comunicación, y por tanto a la opinión pública en general, nuestros posicionamientos a este respecto. Por otro, mediante el envío de alegaciones y propuestas de enmiendas a los diferentes grupos parlamentarios en las diferentes fases de la tramitación (se adjuntan las propuestas de enmiendas al proyecto de ley). Por último, desde la presidencia del CGE se han coordinado y mantenido numerosas reuniones con portavoces y diputados de los diferentes grupos parlamentarios al objeto de hacer valer nuestras posturas.

Muchas de las 38 propuestas de enmiendas presentadas al Proyecto de Ley de Reforma Concursal tenían un componente técnico, pero algunas de ellas tenían un carácter claramente estratégico, unas enfocadas a la sociedad, y otras, a la defensa de todo nuestro colectivo. Es el caso, por ejemplo, del papel de los economistas, titulados mercantiles y auditores en esta nueva norma. Pues bien, según las últimas informaciones, de forma excepcional podrían quedar excluidos de la realización de la prueba de aptitud profesional para ser administrador concursal, los profesionales recogidos en el art. 27 de la antigua Ley concursal (economistas, titulados mercantiles, auditores y abogados) que acrediten una experiencia previa, que se determinará reglamentariamente.

Otro asunto clave es el relativo a la nueva e importante figura del experto en reestructuración, que en el proyecto de ley quedaba totalmente indefinida. El texto podría haber sufrido modificaciones en el sentido de que ahora el nombramiento de dicho experto tendría que recaer en persona natural o jurídica con conocimientos jurídicos, financieros y empresariales, así como con experiencia en materia de restructuraciones, o que acredite cumplir los requisitos para ser administrador concursal. Ello nos permitiría acceder a esta nueva actividad por dos vías: como administradores concursales y como economistas expertos en la materia.

Otro tema que para el Consejo General de Economistas ha supuesto una línea roja ha sido el relativo al nuevo procedimiento para microempresas que, si bien parecía positivo en general, no se compartía su marco de aplicación, ya que afectaba a la inmensa mayoría de empresas de nuestro país, que hubieran podido acogerse a este procedimiento para el cual no es necesario estar asistido por un administrador concursal, quedando el deudor totalmente desprotegido. Pues bien, gracias a las enmiendas presentadas, los límites para acceder al procedimiento de microempresas se han reducido notablemente.

Por último y no menos importante, aunque en este caso de cara a los intereses de la sociedad en general, desde el Consejo General siempre se ha defendido la necesidad de reducir los privilegios del crédito público, algo que impedía una verdadera segunda oportunidad. Pues bien, durante la tramitación de la norma, el crédito público ha pasado de quitas de 2.000 euros (1.000 con Hacienda y 1.000 con Seguridad Social) a que, finalmente, sea posible que lleguen a 20.000 euros (10.000 con cada una). 

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