Novedades AEAT. Procedimiento de adhesión al Código de Buenas Prácticas de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios
En la Sede electrónica de la Agencia Tributaria se encuentran disponibles, en el apartado de Colaboración Social,
los trámites de Asociaciones y Colegios relacionados con el Código de Buenas
Prácticas.
Estos trámites permiten solicitar la adhesión a dicho Código, adjuntando el
formulario disponible en Sede electrónica y el acuerdo de adhesión del órgano
de gobierno de la Asociación o Colegio correspondiente. Asimismo, puede
comunicarse, en su caso, la firma de la Adenda al Código. Procedimiento de adhesión de las Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios al Código de Buenas Prácticas
El Código de Buenas Prácticas aprobado en el Foro de Asociaciones y Colegios de
Profesionales Tributarios el 2 de julio de 2019, establece en su Apartado III
B. el procedimiento de adhesión:
"La decisión de adhesión de las Asociaciones o Colegios de Profesionales
Tributarios al Código de Buenas Prácticas de los Profesionales Tributarios
deberá formalizarse a través de un acuerdo que se comunicará a la Agencia
Tributaria a través de la correspondiente Asociación o Colegio Profesional. De
la misma forma podrán comunicar en cualquier momento su baja.
La adhesión y baja deberán ser a la totalidad del Código, no siendo
admisible la adhesión o baja parcial a apartados específicos del mismo.
La Agencia Tributaria podrá informar en su web de cuáles son las
Asociaciones o Colegios de Profesionales Tributarios adheridos al Código,
siempre que obtenga el consentimiento expreso de la Asociación o Colegio
afectado, a través de la Secretaría Técnica del Foro."
NORMAS DE ADHESIÓN
·Podrán
adherirse todas las Asociaciones o Colegios Profesionales que desarrollen toda
o parte de su actividad en territorio español.
·La
adhesión al Código de Buenas Prácticas deberá ser acordada por el órgano de
gobierno de la Asociación o Colegio que la pretenda.
·La
Asociación o Colegio profesional remitirá el formulario establecido en Sede
electrónica anexando el acuerdo de adhesión de los órganos de gobierno a través
del procedimiento establecido en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Acceso directo al trámite en la Sede electrónica
Acceso directo al formulario
Se remitirá igualmente el Código Deontológico de la
Asociación o Colegio, o la indicación del lugar de su web donde se encuentra
publicado. La falta del mismo determinará la imposibilidad de adhesión al
Código.
·Comprobada la información remitida por la Asociación o Colegio, la Secretaría Técnica del Foro comunicará a la entidad la aceptación de la adhesión.
A continuación, siempre que se haya obtenido previamente el consentimiento expreso de la Asociación o Colegio afectado indicado en el formulario presentado, la Agencia Tributaria publicará la relación de entidades adheridas al Código de Buenas Prácticas en su página web.