Las notificaciones de Inspección de Trabajo serán solo electrónicas desde el 1 de febrero
Desde el 1 de febrero las notificaciones y comunicaciones inspectoras realizadas por Inspección de Trabajo se realizarán únicamente por procedimiento electrónico para los sujetos que están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, entre los que se encuentran las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y quienes ejerzan una actividad profesional que requiera la colegiación.
En los últimos meses la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha iniciado los pasos necesarios para establecer cauces de relación electrónica con las empresas y, en general, con todas las personas que se relacionan con la misma, en cumplimiento de la orientación legal que avanza hacia una administración totalmente electrónica, interconectada y transparente, con el objetivo de agilizar los procedimientos administrativos y reducir los tiempos de tramitación.
Uno de esos pasos ha sido el establecimiento de la notificación electrónica con los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la administración y con aquellos otros no obligados que voluntariamente opten por acogerse a este modo de relación, en ambos casos a través del Servicio Compartido de Gestión de Notificaciones -notific@-.
Hasta la fecha ha coexistido una doble vía de notificación para todas las personas, la electrónica y la postal, pero desde el 1 de febrero de 2024 sólo se utilizará la notificación electrónica para remitir las notificaciones y comunicaciones inspectoras a los sujetos obligados, así como a los no obligados que hayan ejercitado su derecho de relacionarse electrónicamente con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.