La Reforma del Plan de Contabilidad y el Nuevo Reglamento de Auditoría

10 marzo 2021 Artículos

Hablamos con Gregorio Labatut sobre el Nuevo Plan General Contable

¿Era necesaria una reforma para el Plan de Contabilidad español? ¿Qué beneficios puede traer que la normativa contable española esté adaptada a los patrones financieros europeos internacionales?

Con el Real Decreto de modificación del PGC, tras un largo periodo de espera, finalmente se modifica el PGC siendo sus efectos aplicables a partir del 1 de enero de 2021.

Este cambio normativo se produce para adaptar la normativa española a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) adoptadas por la Unión Europea. En concreto a la NIIF 9 Instrumentos financieros y la NIIF 15 Ingresos procedentes de contratos con clientes. Para ello se modifican, fundamentalmente, las Normas de Registro y Valoración 9 Instrumentos financieros y 14 Ingresos por ventas y prestaciones de servicios.

Esta modificación se traduce en una adaptación de la norma española a los estándares internacionales, lo cual hace que la información contable pueda ser comparable y que hablemos todos el mismo "idioma contable". Así se consigue que las Cuentas Anuales puedan ser similares y se apliquen los mismos criterios en aras de la comparabilidad y la transparencia.

¿Qué particularidades contempla esta reforma en relación a las PYMES? ¿Es efectiva?
Sin embargo, en el marco de las Pymes, y dado que el tipo de operaciones a las que afecta el cambio no es muy frecuente que los realicen este tipo de empresas de menor tamaño, y también para no sobrecargar en demasía las obligaciones contables que tienen que asumir, no se modifican las normas del PGC Pymes, conservando estas un marco más simplificado para favorecer su aplicación a este tipo de empresas.

Por lo tanto, a partir de ahora será mucho más importante para las empresas especificar claramente cuál es el marco normativo aplicable, puesto que habrá diferencias sustanciales, además de las existentes anteriormente, entre aplicar un Plan contable u otro.


La visión de Juan José Orts sobre la Ley de Auditoría de Cuentas.

¿Cuál es el objetivo de establecer este nuevo marco en la Ley de Auditoría de Cuentas?
En general, se pretende dotar a la LAC de mayor claridad y seguridad en la interpretación y ejecución de algunas de sus disposiciones que así lo requieren; de este modo, se potenciará la fiabilidad de la información financiera auditada, lo que redundará en mayores garantías para los usuarios de los informes de auditoría.

¿Consideras que mejorará la transparencia sobre el trabajo de los auditores? ¿Por qué?
En gran medida sí, ya que tanto la independencia como la transparencia sobre la labor de los auditores se potencian a través de diversas medidas, como lo son el desarrollo de mecanismos para evitar los conflictos de intereses, la determinación de vínculos familiares que rozan la incompatibilidad con la actividad auditora o el deber de documentación de los trabajos de auditoría.

¿Crees que la entrada en vigor de esta ley ha sido demasiado rápida, tal y cómo afirma el Registro de Economistas Auditores del CGE? ¿En qué puede afectar este aspecto?
Los más perjudicados serán, evidentemente, los auditores y sociedades de auditoría de pequeña y mediana dimensión, ya que se les imponen determinados requisitos y obligaciones que tienden a favorecer la concentración del mercado, a lo que contribuye la fecha de entrada en vigor del Reglamento (con la excepción de algunos artículos), el día siguiente a su publicación en el BOE, cuando se esperaba que, con arreglo a lo recogido en Dictamen del Consejo de Estado, fuera el del uno de enero siguiente a su aprobación, es decir, el uno de enero de 2022.