Comunicación de periodos de inactividad trabajadores fijos discontinuos no afectados por ERTE

05 julio 2021 Artículos

Con ocasión de la reanudación de las actividades de empresas relacionadas con la hostelería y el turismo, y el llamamiento de los trabajadores fijos discontinuos, el SEPE recuerda que el servicio para empresas Certific@2 permite el envío a través de Internet, por parte de las empresas, de la transmisión de comunicaciones de períodos de actividad y otras situaciones producidas durante la vigencia de las campañas de trabajadores fijos-discontinuos.  

Este servicio permite las reanudaciones múltiples de la prestación durante los días de inactividad en los que no se presten servicios ni exista obligación legal o convencional de abono de remuneración ni cotización, y facilita el acceso a las prestaciones para los trabajadores fijos discontinuos cuando los días de actividad sean intermitentes dentro de un mismo mes, mediante las reanudaciones múltiples reguladas en el artículo 13.5 del Real Decreto 625/1985 de 2 de abril,  y sustituye a los certificados de empresa individuales.  

La transmisión de los periodos de actividad producirá la reanudación de la última prestación que hubiera quedado suspendida por el llamamiento a la actividad, tanto la ordinaria como la extraordinaria prevista en el artículo 9 del Real Decreto-Ley 30/2020 (prorrogada hasta 30/09/2021), por los días que el trabajador se encuentre en inactividad.   

Para acogerse a este sistema, las empresas o sus representantes deben recabar la autorización de los trabajadores afectados (se anexa modelo) y conservarla en su poder. Si algún trabajador no consintiera no deberá ser incluido en los ficheros mensuales.

Las consultas sobre procedimiento o documentación pueden dirigirse a dp46acuerdosere@sepe.es

Adjunto