APROBADOS DOS ANTEPROYECTOS
DE LEY DEL Mº DE JUSTICIA DE INTERÉS: EFICIENCIA PROCESAL Y EFICIENCIA
ORGANIZATIVA DEL SERVICIO PÚBLICO DE LA JUSTICIA
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Se han aprobado
en el Consejo de Ministros de ayer martes 12 de abril, dos
Anteproyectos de Ley en segunda vuelta impulsados desde el Mº de
Justicia, de interés para el economista forense:
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A-
Anteproyecto de Ley de Eficiencia Procesal
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B-
Anteproyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio
Público de la Justicia
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Comentamos que desde el Consejo General de Economistas (con el impulso
del REFOR) se presentaron una serie de alegaciones a estos
Anteproyectos en la primera vuelta en el 2021. Tras la aprobación del
Consejo de Ministros, se llevarán al Congreso de los Diputados para su
tramitación como Proyectos de Ley. Por el momento no está disponible el
texto de cómo han quedado estos dos Anteproyectos de Ley, cuyo texto se
conocerá cuando se inicie la tramitación parlamentaria como Proyectos
de Ley.
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Estos proyectos normativos están relacionados con el Plan Justicia
2030.
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A)
Anteproyecto de Ley de Eficiencia Procesal:
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Tiene como objetivo agilizar la actividad de la justicia
en términos estructurales, facilitar la cohesión social y contribuir a
un sistema de justicia más sostenible. Para ello, introduce los medios
adecuados de solución de controversias (MASC) y reforma las leyes
procesales.
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Con los MASC se pretende reducir la litigiosidad,
avanzando hacia la cohesión social -uno de los retos del Ministerio,
alineado con los marcados en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia-, e impulsar la participación de la ciudadanía en el
sistema de justicia, devolviendo a las partes su capacidad negociadora.
Los MASC ayudarán también a reducir la sobrecarga de los tribunales,
impulsando un servicio público de Justicia sostenible.
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La norma establece un requisito de procedibilidad en los
procedimientos civiles y mercantiles, que exige haber intentado una
solución consensuada con carácter previo a la interposición de la
demanda. Las partes podrán cumplir dicho requisito mediante la negociación
directa entre las partes, la opinión de un experto independiente, la
conciliación, la mediación o una oferta vinculante confidencial.
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También contempla la figura de los servicios de medios
adecuados de resolución de conflictos, para informar a la ciudadanía y
operadores jurídicos sobre su naturaleza, contenido, efectos de su
utilización y recursos existentes, así como auxiliar a los diferentes
órganos judiciales respecto a la conveniencia de la derivación de un
determinado caso a una actividad negociadora.
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Este proyecto de ley regula también las medidas
imprescindibles para la digitalización, adaptando la legislación
española a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. En este
sentido, modifica la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de
las tecnologías de la información y la comunicación en la
Administración de Justicia, teniendo en cuenta que la regulación completa
se desarrolla en el anteproyecto de ley de eficiencia digital del
servicio público de justicia.
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B)
Anteproyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio
Público de la Justicia:
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Transforma el modelo actual de la Justicia y contribuye a
superar brechas de acceso a este servicio público, a la vez que
refuerza la tutela judicial efectiva.
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Se sustenta en tres figuras fundamentales -los Tribunales
de Instancia, la Oficina Judicial y las Oficinas de Justicia en los
municipios- que impulsan la territorialidad, la digitalización y el
acceso igualitario a la Justicia.
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Estas nuevas figuras son un elemento de acompañamiento
para la ciudadanía: Se persigue que los ciudadanos y ciudadanas no se
sientan solos ante situaciones que pudieran disuadirles de acercarse a
las instituciones.
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Así, habrá un tribunal de instancia en cada partido
judicial con sede en la capital, de la que tomará el nombre. Se
configura su organización por secciones, variable en función del
volumen de asuntos y actividad que se concentra en el partido judicial.
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Con ellos, se simplifica el acceso de la ciudadanía a la
justicia, al haber solo un tribunal y no juzgados diferentes; favorece
la especialización; y dota de mayor flexibilidad a la planta judicial,
por lo que le permite adaptarse a las necesidades reales de cada
momento.
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Por otro lado, se completará el proceso de implantación de
la Oficina Judicial en todo el territorio nacional. Será una ventanilla
de acceso único a la justicia para la ciudadanía.
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La Oficina Judicial mejora el servicio a los usuarios y a
los propios profesionales, al conseguir una mayor agilidad y responder
de forma homogénea a situaciones iguales. A su vez, la transformación
digital favorecerá el trabajo deslocalizado, lo que permitirá reducir
la huella ecológica, además de evitar la concentración de personas en
el mismo edificio.
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Asimismo, con la nueva norma, los juzgados de paz se
transforman en Oficinas de Justicia en los municipios, fortaleciendo la
presencia de la Justicia en todo el territorio, luchando contra la
despoblación en zonas rurales y acercando el servicio público de
Justicia a la ciudadanía.
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En las Oficinas de Justicia se podrán celebrar juicios
telemáticos, diligencias judiciales o conexiones por videoconferencia
con los colegios profesionales, entre otras diligencias
administrativas, ahondando en la reducción de los desplazamientos y, en
última instancia, reduciendo el impacto medioambiental.
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Acceso a presentaciones de estos Anteproyectos de Ley (Mº de
Justicia)
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