Análisis del Modelo Tributario 347

19 febrero 2021 Artículos
12 de febrero de 2021
Comisión de Fiscal COEV

El pasado 12 de febrero se celebró una sesión más de los Desayunos de Trabajo, una actividad formativa que la Comisión de Fiscal del COEV lleva organizando de forma recurrente durante los tres últimos años.

En esta ocasión, se puso sobre la mesa el Modelo 347, la declaración anual de operaciones con terceras personas, que fue analizado por Abel López Valero, economista miembro de la Comisión de Fiscal COEV.

La sesión se centró en debatir las situaciones en las que el contribuyente está obligado a presentar el Modelo 347, y para ello se profundizó también en el contenido de la declaración, así como, en la especificación de las operaciones excluidas del deber de declaración y las realizadas al margen de la actividad empresarial.

En la misma línea de contenidos se habló sobre la gestión de cobros de honorarios o derechos, poniendo énfasis en algunas cuestiones controvertidas formuladas en forma de pregunta, a las que a lo largo de la exposición se les dio respuesta.

Por otra parte, también se trató la obligación o no de informar en lo relativo a los seguros, diferenciando los detalles a tener en cuenta en caso de ser la entidad aseguradora o el destinatario. 

Finalmente, se mencionaron los criterios a tener en cuenta con entidades o establecimientos de carácter social, aclarando que ellas también deben presentar el Modelo 347 anualmente, siempre y cuando desarrollen una actividad empresarial o profesional, por la percepción de subvenciones recibidas, tanto de otras entidades, como concedidas a otras asociaciones. En estos casos, deben superar la cuantía de 3.005,06 euros en un año natural, estando también obligadas a presentarlo por las adquisiciones en general de bienes y servicios que efectúen al margen de las actividades empresariales o profesionales.